Si eres autónomo te interesará conocer las nuevas medidas que ha dictado el Gobierno a fin de “animar” al mercado laboral, y que entraron en vigor el 24 de febrero, pensadas como apoyo a los emprendedores, al crecimiento y a la creación de empleo.
Toma nota:
Los autónomos menores de 30 años (de 35 si son mujeres) que no hayan estado de alta en los cinco años anteriores tendrán las siguientes reducciones y bonificaciones en su cuota:
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El 80 % durante los primeros seis meses.
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El 50 % durante los siguientes seis meses.
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El 30 % durante los siguientes dieciocho meses
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Ello no se aplica a los autónomos que empleen trabajadores por cuenta ajena.
Sí es aplicable a socios de cooperativas.
Asimismo, los autónomos que se hallen en esta situación podrán compatibilizar su actividad con la prestación por desempleo que viniesen percibiendo, por el tiempo que les restase y con un máximo en todo caso de 270 días.
La capitalización del desempleo a partir de ahora, y para los colectivos antes citados, podrá emplearse para ser aportada hasta el 100 % al capital de una sociedad limitada o anónima, o a los gastos de constitución de la misma. Hasta ahora sólo podía capitalizarse para establecerse como autónomo o como sociedad laboral o cooperativa.
Los nuevos autónomos menores de 30 años podrán retomar la prestación de desempleo en los 60 meses siguientes a su alta en el régimen.
Por último, la cotización para la contingencia de cese de actividad y accidentes y enfermedades profesionales será voluntaria para este colectivo.
Si quieres ampliar esta información contacta a Jamandreu & Asociados